Bajo la providencia publicada en la Gaceta oficial nro. 42339 de fecha 17-03-2022 entra en vigor desde el 28 de marzo de 2022 la nueva ley del impuesto a las transacciones financieras, trayendo consigo muchas dudas sobre como será aplicado en el manejo de pagos con moneda extranjera, el cual ha ido en incremento en los últimos años en Venezuela.
Consulta alguna de las dudas más frecuentes a continuación
¿Quiénes deben pagar el IGTF?
Todo consumidor que adquiera un bien o servicio a un contribuyente especial y cancele en divisas en efectivo, plataformas (Zelle, Paypal…) o criptomonedas.
¿Quiénes son los contribuyentes especiales?
Son establecimientos que el SENIAT ha calificado como tal y funden como recaudadores de impuestos para el fisco. Grandes negocios como cadenas de supermercados, farmacias, almacenes, franquicias de comida, tiendas de electrónica son algunos de estos sujetos, pero también el SENIAT ha determinado locales pequeños (panaderías, licorerías, tienda de ropa, zapaterías) como contribuyentes especiales.
¿Cuánto impuesto se debe pagar?
La alícuota establecida es del 3% sobre el monto pagado en divisas. Si usted realiza un pago mixto el impuesto solo será sobre la fracción en divisas que se canceló. Por otro lado, no hay monto mínimo para el cobro del impuesto, ya sea una transacción pequeña de uno o miles de dólares el impuesto deberá ser cancelado.
¿Si cancelo IGTF debo cancelar IVA también?
Si, el IGTF es un impuesto sobre el total cancelado en divisas de cada producto el cual incluye la base imponible y el IVA, por lo que aun para productos exonerados de IVA igualmente se debe cancelar el IGTF sobre la base imponible.
¿Se debe incluir en las facturas el nuevo impuesto?
Si, ya sean realizas a mano o con una maquina fiscal las facturas debe reflejar el concepto y monto del impuesto.